De acuerdo con la Agencia Gubernamental de Control de la ciudad de Buenos Aires, un espacio cultural Independiente (ECI) es un establecimiento con una capacidad máxima de trescientos (300) asistentes y una superficie máxima de quinientos (500) metros cuadrados, donde se desarrollen o se propongan desarrollar los usos o actividades autorizadas para los teatros independientes, peñas, milongas, clubes de música en vivo y centros culturales.
Sin lugar a dudas, comenzar con un espacio o centro cultural de estas características en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) es un proyecto ambicioso que puede enriquecer la vida cultural de la comunidad. Sin embargo, para lograrlo con éxito será necesario un enfoque meticuloso en varios aspectos, desde la planificación y la legalidad hasta la gestión del espacio. A continuación se detallan los pasos y consideraciones esenciales para tener en cuenta al momento de establecer un centro cultural en CABA.
¿Qué documentación se necesita para iniciar los trámites?
El primer requisito para comenzar el proceso de habilitación comercial de un centro cultural, es reunir una serie de documentos obligatorios. Entre ellos:
- DNI copia y original
- Constancia de inscripción en AFIP
- Permiso comercial del local
- Clave Ciudad Nivel 2 de AGIP
Una vez que se tenga reunida toda esta documentación se puede iniciar el proceso de habilitación. Esto llevará su tiempo y complejidad, ya que consiste en la evaluación y certificación de todos y cada uno de los instrumentos legales.
- Anexo técnico bajo el rubro Espacio Cultural Independiente (ECI).
- Novedad: el AT lleva la leyenda “Encomienda Espacio Cultural Independiente (ECI)” para una mejor identificación. Además, se incorporan en el cuerpo del mismo, cuestiones específicas para este tipo de trámite, a saber:
- ¿Realiza actividad de baile? Sí/No.
- ¿Posee estructura para luminaria? Sí/No.
Nota: En caso que el establecimiento admita la modalidad de baile de conformidad con el artículo 5° de la Ley N° 6.063, se deberá declarar expresamente en la solicitud de habilitación y/o declaración responsable, en el anexo técnico y en la carátula de planos.
- Certificado de aptitud Ambiental.
- Documento obligatorio: nómina de establecimientos culturales.
- Plano caratulado con rubro Espacio Cultural Independiente (ECI).
- Constancia de habilitación (certificado y plano), en caso de locales con habilitación en trámite.
- Inscripción en el Registro de Actividades catalogadas como potencialmente contaminantes (RAC).
El paso a paso para habilitación comercial en CABA
Para tener bien en claro todos los trámites en tiempo y forma se deberán seguir una serie de pasos que a continuación se detallan:
- Inicio del trámite
- Ingresá a la Plataforma de Tramitación a Distancia (TAD), con tu clave miBA nivel 2 o 3 de miBA y seleccioná “Autorización de Actividad Económica” de la Agencia Gubernamental de Control (AGC): “Nuevo Espacio Cultural Independiente (ECI)”.
1. Al ingresar, se te ofrecerán 2 opciones:
- Trámite nuevo – Espacio Cultural Independiente (ECI): iniciar un trámite desde cero.
- Adecuación – Espacio Cultural Independiente (ECI): adecuar un trámite existente -en curso o aprobado-.
2. Confirmación del trámite
Cargá los datos solicitados y adjuntá toda la documentación requerida para poder dar ingreso al trámite.
3. Una vez confirmado el trámite, se te generará el documento de declaración responsable y la oblea con código QR para ser descargados.
El librado al uso será dado de forma automática, a menos que se encuentre el trámite emplazado en una ubicación con normativa especial.
La actividad tendrá una vigencia de 5 años y quedará sujeta a la verificación Inspectiva
4. Finalización del trámite
Una vez otorgada la Autorización, deberás gestionar el Libro de Registro de Inspecciones Digital, ingresando al Portal del Libro Digital con tu clave miBA nivel 2 o 3.
Costos del trámite: Gratis
- Más información:
Es requisito obligatorio para el inicio del trámite la inscripción en la nómina de Establecimientos Culturales, según lo establecido en el artículo 37 de la Ley N° 6.063. La falta o ausencia de la presentación de la citada inscripción implica el rechazo in límine de la solicitud.
Para el supuesto de actividad de baile establecido en el artículo 5° de la Ley N° 6.063, deberá cumplir con todos los requisitos exigidos por el Anexo de la Resolución N°227/AGC/19 en el capítulo 2.
La Dirección General de Habilitaciones y Permisos establecerá en cada caso las capacidades para los establecimientos tanto si se realiza la actividad de baile o no.
La habilitación de Espacios Culturales Independientes (ECI) es compatible con los siguientes usos: café – bar, restaurante, librería, disquería, galería de arte, salón de exposición, salón de conferencias, sala de ensayo, estudio profesional, club de barrio y todo uso asimilable a manifestación de arte y/o cultura, siempre que el reglamento de copropiedad del mismo así lo permita.
Pueden solicitar el encuadramiento legal bajo los términos de la presente ley o continuar con la habilitación o solicitud bajo la norma de aplicación para el caso, los establecimientos habilitados o en proceso de habilitación, en el marco de las siguientes leyes:
- Ley N° 2147 (Teatros Independientes)
- Ley N° 2323 (Milongas y Peñas)
- Ley N° 2542 (Salas de Teatro Independientes)
- Ley N° 5240 (Centros Culturales)
- Normativa
- Ley N° 6.101
- Ley marco de Regulación de Actividades Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Decreto N° 40/19
- Reglamentación de la Ley N° 6.101
- Ley N° 6.099
- Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- C.E Ley 6438 consolidado y modificaciones
- Código de Edificación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Resolución N° 150/AGC/23
- Sustituyen Anexos del procedimiento para la tramitación de Autorización de Actividades económicas
- Anexo I Resolución N° 150/AGC/23
- Procedimiento para la tramitación de Autorización de Actividades económicas
- Ley N° 6.063
- De habilitación y fiscalización para Espacios Culturales Independientes.
- Resolución Nº 3631/MCGC/19
- Créase el Catálogo de Espacios Culturales Independientes (CECI) a conformarse por la nómina de los Espacios Culturales Independientes (ECI), en los términos de lo establecido por la Ley N° 6.063.
- Resolución N° 227/AGC/19
- Reglamentación de la Ley N° 6.063.
- Anexo l de la Resolución N° 227/AGC/19
- Anexo I “Pautas para la Autorización y Funcionamiento de los Espacios Culturales Independientes”.
¿De qué se ocupa la AGC?
La Agencia Gubernamental de Control es el ente encargado de dar el paso final para la habilitación comercial de un negocio en la Ciudad de Buenos Aires. En realidad lo hace la Dirección General de Habilitaciones y Permisos perteneciente a la misma.
Para realizar dichos trámites frente a la AGC, en primer lugar se deberá:
- Ingresar a la plataforma de Trámites a Distancia (TAD) con clave Ciudad Nivel 2 de AGIP.
- Seleccionar la opción “Autorización de Actividad Económica” de la AGC.
- Ingresar a Declaración Responsable.
Por otra parte, se deberá presentar la documentación completa:
- Copia y original del DNI
- Planilla prontuarial
- Certificado de conducta
- Informe de instalación eléctrica
- Certificado de instalación de gas
- Planos del lugar
- Documentación referida al inmueble: boleta ABL, reglamento de copropiedad, contrato de alquiler, título de propiedad.
Tipos de declaraciones responsables
Por otra parte, una vez que se selecciona el ítem de Declaración Responsable, se debe tener en cuenta que puede ser automática con o sin plano.
- En el caso de que sea Declaración Responsable automática se emitirá una oblea con el código QR y la autorización correspondiente para la actividad económica solicitada.
- En cuanto a las Declaraciones Responsables con o sin plano también se generará una oblea con código QR con la actividad librada al uso. Sin embargo, la aprobación final del trámite quedará pendiente y sujeta a revisión inspectiva de la Dirección General de Permisos.
Cabe señalar que para ambos tipos de Declaraciones, la habilitación tendrá una vigencia de cinco (5) años y quedarán sujetas a verificación inspectiva.
Todo lo más importante a tener en cuenta al momento de abrir un espacio o centro cultural
A la par de todos los trámites obligatorios, es importante contar con un proyecto definido antes de iniciar. Es decir definir claramente qué tipos de actividades se llevarán a cabo en dicho espacio. Desde espectáculos artísticos, talleres y capacitaciones a exposiciones.
También se deben definir los objetivos que se perseguirán, para que se puedan comunicar correctamente y lograr así el apoyo institucional o privado necesario.
Además es importante conseguir el espacio físico para destinarlo a dicho emprendimiento. Para lograrlo será imprescindible contar con los fondos y fuentes de ingreso necesarios.
Por último, es importante establecer una estrategia de marketing, comunicación y difusión acorde a tal proyecto.Será, sin lugar a dudas, una valiosa posibilidad de fomentar la cultura y el arte en la comunidad. Puede convertirse en un punto neurálgico y de encuentro en alguna zona de la ciudad de Buenos Aires.
¿Es recomendable contratar a un gestor comercial?
Es recomendable contratar a un gestor comercial que se ocupe de todos los trámites necesarios para poder habilitar legalmente un centro cultural en Buenos Aires. ¿Por qué? Porque de esa manera la energía, los recursos y el tiempo se podrán destinar a todo el trabajo que conlleva encarar un proyecto de semejante envergadura. Estudio Rek desde hace muchos años, se encarga de gestionar las habilitaciones comerciales de los negocios que se abren en la ciudad de Buenos Aires. Por lo tanto, cuenta con la suficiente experiencia y trayectoria para aplicarla en cada uno de los proyectos que lo eligen para realizar su habilitación comercial.