Pasos para conseguir el permiso comercial de un local de bicicletas
Una de las consecuencias que trajo a nivel mundial la pandemia de COVID-19 fue, sin dudas, la popularización del uso de la bicicleta, ya sea como medio de transporte o para realizar una actividad física o recreativa.
Por esa razón, muchos emprendedores decidieron instalar bicicleterías en las grandes ciudades. Algunas cuentan con el servicio de reparación y otras además, realizan la venta y post venta. Lo cierto es que es importante tener en cuenta cuáles son los pasos a seguir para habilitar una bicicletería en CABA.
En primer lugar, es importante señalar que para realizar cualquier actividad económica o comercial en la Ciudad de Buenos Aires es imprescindible contar con el Certificado de Habilitación correspondiente.
Dicho certificado debe ser expedido por la autoridad, que en este caso corresponde a la Agencia Gubernamental de Control.
En la actualidad poseer los permisos correspondientes para llevar adelante una actividad comercial es fundamental para evitar cualquier tipo de problema legal.
Requerimientos para gestionar la habilitación de una bicicletería
En el caso de la habilitación de una bicicletería no se requiere un plano de habilitación. Por lo tanto, se trata de una habilitación simple. Como tampoco supone una inspección previa, este tipo de trámite permite que el titular comience a realizar su actividad al momento de iniciar el trámite de habilitación.
Sin embargo, hay que tener en cuenta los siguientes requerimientos:
- La documentación se presenta en forma de declaración jurada.
- La AGC analiza el contenido completo de la documentación.
- La AGC realiza observaciones para que sean subsanadas.
- Emite el Certificado de Habilitación definitivo.
- Entrega el Libro de Inspecciones.
El plazo total estimado para la realización de una habilitación comercial, es de 10 días hábiles.
Cómo realizar el trámite de habilitación de una bicicletería
En primer lugar, antes de iniciar el trámite de habilitación, un profesional deberá determinar qué tipo de habilitación es la que se necesita realizar y a partir de ello, cuáles son los trámites a seguir.
Posteriormente, dicho profesional será el encargado de concretar la encomienda digital y el certificado de aptitud ambiental.
En tercer lugar, un escribano deberá certificar la documentación por medio de la confección de una escritura pública de habilitación. En la misma, se detallan los datos personales del titular, los del local y avala toda la documentación a presentar.
Por último, se dará paso al inicio del trámite de habilitación comercial entregando a la AGC toda la documentación.
Para ello, se deben seguir los correspondientes pasos:
- Ingresar a la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) con clave Ciudad Nivel 2 de AGIP.
- Seleccionar “Autorización de actividad económica” de la Agencia Gubernamental de Control (AGC).
- Ingresar la declaración responsable y adjuntar toda la documentación requerida.
- Al imputar el pago de la boleta con el timbrado correspondiente podrá ser confirmado el trámite.
Hay que tener en cuenta, además, que existen diferentes tipos de autorizaciones:
- La declaración Responsable Automática hasta 500 m2. En este caso una vez presentada la Declaración y se autoriza automáticamente y se inspecciona posteriormente. Para superficies mayores, el trámite será DDRR-G C/P. Se genera un código QR con la autorización de la actividad económica y el libramiento al uso.
- La Declaración Responsable Sin Planos hasta 500 m2 puede funcionar con el inicio del trámite y se inspecciona con posterioridad. Se genera un código QR con la autorización de actividad librada al uso. Sin embargo, la aprobación final del trámite queda sujeta a la revisión técnica analítica de la Dirección General Habilitaciones y Permisos.
- La Declaración Responsable Con Planos para superficies mayores a 500 m2 puede funcionar con el inicio del trámite e inspección posterior. La excepción es de aquellos que tienen inspección previa por ley específica.Se genera un código QR con la autorización de actividad librada al uso. La aprobación final del trámite queda sujeta a la revisión técnica analítica de la Dirección General Habilitaciones y Permisos.
- Licencia en este caso no pueden iniciar el funcionamiento de la actividad hasta la efectiva notificación del acto administrativo que otorgue autorización. Requiere inspección previa. Inmediatamente se genera un código QR que aclara que la actividad “no se encuentra librada al uso” hasta la aprobación final del trámite. La solicitud queda sujeta a la revisión técnica analítica de la Dirección General de Habilitaciones y Permisos y a la verificación inspectiva.
En el caso de las declaraciones, la actividad tendrá una vigencia de 5 (cinco) años, quedando sujeta a verificación inspectiva.
En el caso de las licencias, la vigencia es por 15 (quince) años.
Si la habilitación se inició con posterioridad al 9 de diciembre de 2020, el titular tendrá acceso al Libro de Inspecciones digital desde el momento en que quede librado al uso la actividad comercial. En caso contrario, deberá solicitar un turno para retiro de trámites aprobados en la AGC para rubricar el Libro de Inspecciones. Con esto se dará por finalizado el trámite de habilitación comercial para una bicicletería.
Por qué contratar a un estudio gestor de habilitaciones
Ya sea para habilitar una bicicletería o cualquier otro tipo de comercio en CABA, es recomendable realizarla con un gestor profesional. Por esa razón, Estudio Rek ofrece su experiencia, capacidades y herramientas para que consigas tu habilitación comercial de manera ágil y segura. En Estudio Rek contamos con una extensa trayectoria en gestoría y habilitaciones de distintos rubros y actividades comerciales. Nos posicionamos como estudio de gestores en todos los barrios y zonas de CABA. Al contactarte con nosotros, dispondrás del asesoramiento necesario para obtener tu permiso o autorización habilitante y llevar tu emprendimiento hacia un espacio físico realizable.
Documentación necesaria:
A continuación detallamos cuál es la documentación necesaria para comenzar el trámite:
- DNI del titular firmante.
- Constancia de inscripción en AFIP.
- Constancia de inscripción en Ingresos Brutos.
- Documentación del inmueble ( boleta de ABL, reglamento de copropiedad para edificios, galerías, propiedades subdivididas, contrato de alquiler en caso de ser inquilino o título de propiedad si es propietario)
- Para empresas: contrato social si es SRL o estatuto y última acta de asamblea si es S.A o S.A.S.