La habilitación de un establecimiento para la elaboración de alimentos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) es uno de los procedimientos más rigurosos controlados por la Agencia Gubernamental de Control (AGC). A diferencia de un comercio minorista estándar, la manipulación de alimentos implica un riesgo sanitario que activa normativas cruzadas entre el Código Urbanístico, el Código de Edificación y el Código Alimentario Argentino.
Para emprendedores y empresarios gastronómicos, el error más común es alquilar un local sin validar la factibilidad técnica. Esta guía profundiza en los requisitos de infraestructura, zonificación y documentación legal necesarios para obtener el QR de habilitación sin enfrentar clausuras.
Marco Normativo: ¿Qué leyes regulan tu cocina?
Antes de colocar el primer azulejo, debés entender las tres capas legales que fiscalizarán tu actividad:
- Código Alimentario Argentino (Ley 18.284): Es la base nacional. Define qué materiales son aptos y cómo se deben manipular los alimentos para asegurar la inocuidad.
- Ley 6101 (Ley Marco de Habilitaciones CABA): Simplifica el proceso administrativo mediante Declaraciones Juradas, pero aumenta la responsabilidad del titular y del profesional firmante sobre la veracidad de lo declarado.
- Código Urbanístico (CABA): Determina si en la ubicación elegida (Mix de Usos) es legal instalar una industria o comercio de alimentos.
Diseño Higiénico-Sanitario: Requisitos de Infraestructura
La AGC inspecciona que el diseño del local impida la contaminación física, química y biológica. El establecimiento debe seguir un flujo de trabajo lineal (o en “U”) donde la “Zona Sucia” (ingreso de materia prima) jamás se cruce con la “Zona Limpia” (producto terminado).
Pisos y Desagües
El suelo es la superficie de mayor tránsito y desgaste. Para la aprobación municipal:
- Material: Debe ser impermeable, antideslizante, sin grietas y resistente a productos químicos agresivos (detergentes industriales).
- Pendiente: Es obligatorio contar con una inclinación del 2% hacia los sumideros para evitar la acumulación de líquidos y facilitar el baldeo.
- Rejillas: Todos los desagües deben tener rejilla y sifón para impedir el retorno de olores y el ingreso de plagas.
Paredes y Cielorrasos
- Revestimiento: Las paredes deben ser lisas y estar revestidas con material impermeable (azulejos, cerámica o pintura epoxi sanitaria) de color claro. La altura mínima del friso sanitario suele exigirse hasta los 1.80m o 2.00m según la inspección.
- Uniones Sanitarias: El encuentro entre pared y piso (zócalo) debe ser redondeado (mediacaña) para eliminar ángulos rectos donde se acumula grasa y suciedad.
- Cielorrasos: Prohibido el uso de madera vista o materiales que puedan desprender partículas. Deben ser incombustibles y lavables para evitar la condensación y formación de moho.
Iluminación y Ventilación
- Protección lumínica: Los artefactos de luz suspendidos sobre zonas de elaboración deben contar con protección ante estallidos (plásticos o mallas) para que, en caso de rotura, los vidrios no caigan sobre la comida.
- Ventilación Mecánica: Si no hay ventilación natural suficiente, es obligatorio instalar sistemas de extracción mecánica (4 a 10 renovaciones horarias según volumen) con salida a los cuatro vientos, para evacuar olores, vapores y calor excesivo.
Zonificación: “Zona Sucia” vs. “Zona Limpia”
Para evitar la contaminación cruzada, el plano de habilitación debe reflejar áreas funcionales distintas:
- Recepción (Zona Sucia): Donde ingresan los proveedores. Aquí se realiza el pre-lavado de vegetales y el desembalaje
- Elaboración (Zona Limpia): Área restringida donde se procesa, cocina y envasa.
- Almacenamiento: Depósitos secos (frescos y ventilados) y cámaras de frío. Los insumos nunca deben apoyarse directamente en el piso; es obligatorio el uso de tarimas o estanterías separadas de la pared
- Servicios Sanitarios: Los baños y vestuarios deben tener “antecámara” (un espacio previo con lavamanos). Bajo ninguna circunstancia la puerta del baño puede abrir directamente hacia la cocina
Equipamiento: Materiales Aptos y Prohibidos
El equipamiento es considerado por el Código Alimentario como todo artículo en contacto con el alimento. La elección incorrecta de materiales es motivo frecuente de intimación.
| Material | Estado | Observación Técnica |
| Acero Inoxidable | ✅ Permitido | Es el estándar exigido para mesadas y bachas por ser inerte y duradero |
| Madera | ❌ Prohibida | Por su porosidad, retiene bacterias y humedad. No usar en tablas de corte ni mesadas |
| Hierro Galvanizado | ⚠️ Restringido | No puede estar en contacto directo con alimentos ácidos. |
| Plásticos Sanitarios | ✅ Permitido | Tablas de corte de alta densidad (blancas) en buen estado. |
| Hierro Enlozado | ✅ Permitido | Solo si no presenta cachaduras que liberen óxido |
Trámite de Habilitación en CABA: El Sistema TAD
Desde la implementación de la Ley 6101, el trámite es 100% digital a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD).
Paso 1: Certificado de Aptitud Ambiental
Dependiendo de la superficie y la potencia instalada (HP de máquinas), tu actividad puede ser calificada como de “Impacto Ambiental Bajo” o “Medio”. Esto determinará si necesitás un seguro de responsabilidad civil ambiental.
Paso 2: Documentación Técnica y Notarial
Para iniciar el expediente, deberás subir al sistema:
- Plano de Habilitación: Firmado por Arquitecto/Ingeniero, indicando cotas, mobiliario y ventilaciones.
- Anexo Técnico: Declaración jurada de las maquinarias, procesos y horarios.
- Título de Propiedad o Contrato de Alquiler: Con firmas certificadas y sellado de ley.
- Constancia de inscripción en IIBB (AGIP) y ABL.
Paso 3: Obtención del QR
Una vez cargada la documentación y pagada la boleta, el sistema emite un Código QR.
- Habilitación Automática: Para locales de bajo riesgo y menos de 500m², el QR permite comenzar a trabajar de inmediato (bajo declaración jurada).
- Inspección: La AGC realizará una inspección a posteriori para verificar que lo declarado en el plano coincide con la realidad física del local
Personal y Seguridad Alimentaria
No basta con el edificio; las personas son el vehículo principal de contaminación.
- Curso de Manipulación de Alimentos: Es obligatorio para todo el personal en contacto con materias primas. Reemplaza a la vieja libreta sanitaria y tiene validez nacional
- Higiene: Es obligatorio disponer de estaciones de lavado de manos con jabón líquido neutro, toallas de papel descartables y cartelería instructiva sobre el lavado correcto
Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿Es obligatorio tener un Director Técnico?
Para comercios minoristas (restaurantes, rotiserías), generalmente no es obligatorio un Director Técnico permanente, pero sí un responsable capacitado. Sin embargo, si el establecimiento se registra como “Fábrica de Alimentos” para vender a terceros (tránsito federal), sí se requiere un profesional (Ing. en Alimentos, Bromatólogo) que firme los procesos.
¿Puedo usar azulejos de colores oscuros en la cocina?
La normativa recomienda enfáticamente colores claros (preferentemente blanco). Esto no es estético, sino funcional: permite detectar rápidamente la suciedad y el moho durante la limpieza e inspección.
¿Qué sucede si declaro algo falso en el TAD?
Bajo la Ley 6101, la falsedad en la Declaración Jurada implica la revocación inmediata de la habilitación, la clausura del local y posibles sanciones penales tanto para el titular como para el profesional que firmó la encomienda.
¿Cuánto tarda en salir la habilitación definitiva?
Si la documentación es correcta, el QR provisorio para trabajar sale en aproximadamente 7 a 10 días. El “Libro de Inspecciones” definitivo se entrega luego de la primera inspección conforme de la AGC, lo cual puede demorar varios meses dependiendo de la demanda operativa.


























