TE EXPLICAMOS TODO LO NECESARIO PARA ABRIR TU AGENCIA DE TURISMO Y CONSEGUIR LA HABILITACION COMERCIAL EN CABA
La Ciudad de Buenos Aires es un punto estratégico para abrir un negocio vinculado con el sector turístico. No solamente porque la capital porteña recibe más de 10 millones de turistas anualmente, sino también porque es la principal puerta de entrada y de salida del país de una gran cantidad de turistas nacionales y extranjeros que viajan en busca de nuevas experiencias.
Si estás estás pensando en iniciar un emprendimiento relacionado con turismo, o ya tenés una empresa en funcionamiento, debés tener en cuenta que las Agencias de Turismo se encuentran reglamentadas por diversas normas.
Las normas pueden ser nacionales y municipales, y establecen requisitos a cumplir para habilitar este tipo de negocios y ejercer la actividad legalmente.
Las 2 principales habilitaciones que se requieren son:
1) Habilitación comercial / municipal.
En la Ciudad de Buenos Aires, la Agencia Gubernamental de Control, es el organismo encargado de certificar que los establecimientos cumplen las normas urbanísticas y edilicias prescriptas para el rubro Agencia de Viajes o Agencia de Turismo y emitir la habilitación municipal correspondiente. El tipo de trámite para obtener este permiso se denomina Automático o “Simple sin plano”. Si bien en la página del Gob. de la Ciudad se indica que los interesados pueden gestionar la habilitación por cuenta propia, esto en realidad es poco claro, ya que se necesita de un profesional matriculado (Arquitecto o Ingeniero) colegiado en la Ciudad de Buenos Aires, que se encargue de certificar las condiciones del lugar. Es decir, cualquier ciudadano puede cargar el formulario con los datos de quién será titular de la habilitación, pero no puede avanzar ni obtener el inicio de trámite sin el aval técnico correspondiente. Es importante remarcar este punto: el Inicio de trámite solo se logra luego de que un profesional haya constatado las condiciones del lugar y las haya declarado mediante un Anexo Técnico.
2) Licencia habilitante para Agencias de Turismo
El Ministerio de Turismo requiere contar con una Licencia habilitante, que se obtiene luego de los pasos de: 1) permiso precario (validez de 6 meses, te habilita a realizar los contactos previos, pero no permite atender al público) ni a comercializar o publicitar ninguna actividad turística; y 2) licencia provisoria (permite comercializar y publicitar servicios turísticos). Para poder gestionar estos permisos, se debe contar previamente con la habilitación municipal del inmueble en donde se llevarán a cabo las actividades administrativas y comerciales.
Etapas para obtener la habilitación municipal en el rubro Turismo
- Relevamiento del inmueble donde funcionará la agencia de turismo.
- Confección de Anexo Técnico.
- Presentación ante el Consejo Profesional.
- Pago de sellados municipales.
- Obtención de OBLEA, CÓDIGO QR o INICIO DE TRÁMITE.
- Entrega de Libro de Actas.
A partir del cambio de normativas de Enero del 2019, ya no hay instancia de ANEXO NOTARIAL, por lo que no se requiere la participación de un escribano/a para hacer el trámite.
El plazo de la gestión suele ser de aproximadamente 10 días hasta la obtención de la oblea.
Para poder cumplir en tiempo y forma, es importante que los titulares cuenten con toda la documentación necesaria:
- DNI del firmante.
- Estatuto o Contrato social (en caso de sociedades).
- Constancia de CUIT y no presentar deudas ante AFIP.
- Constancia de II.BB. y no presentar deudas ante AGIP (Rentas de la Ciudad).
- Boleta de ABL.
Por último, si bien no sucede en todos los casos, en algunas oportunidades es necesario presentar un Plano registrado de la propiedad de la agencia de turismo o un antecedente de habilitación, que demuestre la preexistencia del inmueble y permita ser evaluado con las normativas vigentes al momento del registro.
Te invitamos a leer las preguntas frecuentes sobre habilitaciones en caba.
¿Se puede habilitar un local de Turismo en cualquier lugar?
En principio las agencias están permitidas en todas las zonas de la Capital que estén catalogadas como:
- zonas de mixtura 1 (hasta 200 m2 de superficie cubierta)
- zona 2 (500 m2),
- zonas 3 o 4 (sin limites de superficie).
Sin embargo, se debe prestar atención ya que hay zonas especiales (denominadas U) o Áreas de Protección Histórica (APH) que pueden requerir trámites especiales para lograr la habilitación. Esto no implica que no se puedan obtener los certificados, sino que en general las gestiones para lograrlo demoran más tiempo y conllevan mayores costos.
A partir de esta información, estarás en condiciones de organizarte con los papeles y trámites. Nuestra recomendación es que nos llames para que te podamos acompañar en el proceso de obtención de la oblea de habilitación comercial para agencias de turismo.
Nos puede llamar o enviar un Whatsapp ó enviarnos un formulario de contacto aquí.